CUADERNOS 33

La situación de la función pública en España. La reforma postergada.

Los administradores del Estado

Es de Alexis de Tocqueville esta contundente y certera observación, referida a Francia, pero por completo aplicable a España: “Desde 1789 la Constitución administrativa ha permanecido en pie entre las ruinas de las Constituciones políticas”. Para España tendríamos que variar la fecha de validez de este aserto para situarla, más allá de la Constitución de 1812, en las reformas de la Administración implantadas durante la regencia de María Cristina de Borbón.

Se refería Tocqueville a la maravillosa continuidad de las instituciones sobre las que se asentaba el funcionamiento real del Estado, la organización territorial y el régimen de sus agentes, que aseguraron en todas las épocas la continuidad de los servicios públicos, mientras los ciudadanos contemplaban cómo se derrumbaban, uno tras otro, los textos constitucionales y sus elevadas declaraciones de principios.

Este fenómeno, tan asumido como normal en toda Europa, se debe en gran medida a la solidez de las instituciones administrativas y, entre ellas a la profesionalización de la función pública, es decir, del personal al servicio de la Administración, su formación adecuada, recluta rigurosa y régimen de carrera estatutariamente ordenado.

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